Convocatoria: Península Mitre ¿Por qué protegerla?

Participá  en la Convocatoria Península Mitre

¿Por qué protegerla?

Ganá un hermoso eco-juego para todo el curso


Destinatarios: Chicos, chicas y sus docentes de nivel primario.


Primer Ciclo (1º – 2º y 3º año)

Deberán enviar un dibujo que muestre algunos de los valores de conservación de Península Mitre.

Premio: Juego de patio gigante “Auilaff sale a jugar”. Este juego se compone de un tablero de vinilo de 3 m x 4 m que se coloca en el suelo de un patio o un aula. Se trata de un juego de recorrido por un sendero con pistas. No se trata de una competencia, sino de un juego colaborativo. Ganan si ganan todos. Las fichas son de 30 cm de altura y dados gigantes.  Hay dos juegos para sortear entre todos los cursos que envíen sus propuestas.

Envía los trabajos en: https://forms.gle/nQfSwSFkkF4meUJp8


Segundo ciclo ( 4º – 5º y 6º año)

Deberán escribir una carta a un legislador explicando sobre la importancia de que Península Mitre sea un área protegida. 

(Podes elegir a uno de los legisladores o legisladoras que encontrarás en esta página web http://www.legistdf.gob.ar/

Premio: Una maleta pedagógica de Educación Ambiental para todo el curso.  La maleta se compone de un bolso de tela dentro del cual hay una biblioteca de Educación Ambiental y fichas con actividades educativas para realizar en el aula, patio o en el exterior.  Hay cinco maletas para sortear entre todos los cursos que envíen sus propuestas.

Envía los trabajos en: https://forms.gle/nQfSwSFkkF4meUJp8


El sorteo se realizará por IG live @manekenk el viernes 15  de octubre de 2021 

 

Presentación de trabajos: hasta el 10 de octubre de 2021 a las 23:59 hs

 

 


Podes encontrar información sobre Península Mitre AQUI


Te esperamos!!!!

 

 

Día Mundial del Agua

EL AGUA Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA

  El 22 de marzo se celebra el Día Mundial del Agua, para concentrar la atención en la importancia del agua y promover la gestión sostenible de los recursos hídricos. El Día Mundial del Agua de este año 2012 lleva el lema, “El agua y la seguridad alimentaria”.

El objetivo de este año hace referencia a la importancia del agua potable para alcanzar la seguridad alimentaria.

El mundo tiene sed a causa de nuestras necesidades de alimentos. Hoy en día hay más de 7 mil millones de personas que alimentar en el planeta y se prevé que esta cifra llegará a 9 mil millones en 2050.

Para poder alimentar a toda la población es muy importante garantizar la disponibilidad de agua, en cantidad y calidad adecuada. También habrá que ser más productivos y sostenibles, produciendo más alimentos con menos agua, reducir el desperdicio de comida y avanzar hacia una alimentación más ecológica y sostenible.

 

 

ENLACES PARA DESCARGAR MATERIAL DIDÁCTICO

 

 PÁGINA OFICIAL DÍA MUNDIAL DEL AGUA

(Hace clic)

 

 CALCULÁ TU HUELLA HÍDRICA

(Hace clic)

 

(Bajar todos)
 
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Día del Mar y la Riqueza pesquera

Los recursos pesqueros

 

La actividad pesquera en la Argentina se concentra en la pesca oceánica, es decir, la practicada en el océano Atlántico. Los otros tipos de pesca, fluvial y lacustre, (dorados en el Paraná, pejerreyes en Chascomús o truchas en ríos patagónicos), por su escasa cuantía, están fuera de mención, ya se trate de pesca comercial o deportiva.

El Mar Argentino tiene bancos pesqueros muy importantes debido a que se encuentra sobre la plataforma continental; cuenta con corrientes que surgen desde la profundidad, oxigenan las aguas y aportan nutrientes que favorecen la vida; presenta corrientes oceánicas de distinta temperatura y aguas costeras con temperatura, salinidad y dinámica distinta a la de las corrientes. Por lo tanto, es un área de concentración de especies marinas particularmente valiosa, ya que se trata de un hábitat ideal para su reproducción y persistencia numérica.

La producción pesquera argentina se ha mantenido relativamente constante en los últimos diez años. La captura efectuada y desembarcada en puertos argentinos superó 1.100.000 toneladas en 1998, cifra que no incluye los volúmenes corres, pendientes a barcos extranjeros. De dicha producción alrededor del 70% pertenece a pescados y el resto, a mariscos.

La mayor parte de la flota la constituyen barcos dedicados fundamentalmente a la pesca de merluza. En las últimas décadas se han incorporado barcos mayores, de hasta 110 metros de largo, con congelamiento a bordo.

 

 

Problemas en la actividad pesquera

 

Uno de los problemas principales que afectan a esta actividad es la falta de estudios definitivos acerca del verdadero potencial pesquero del país que permitan establecer los posibles volúmenes de capturas, sin poner en riesgo las especies.

Es altamente nociva la pesca realizada en el límite de la zona económica exclusiva, la denominada "milla 201", particularmente para las especies transzonales o migratorias, como merluzas y calamares Otros de los problemas de esta actividad son las deficiencias que existen en la flota pesquera (obsoleta en su mayor parte) y la carencia de infraestructura completa, es decir, plantas de industrialización y puertos pesqueros modernos que permitan a la Argentina realizar por sí misma la explotación total de sus recursos.

Sin duda, en atención a los problemas que la aquejan, esta actividad deberá ser regulada tanto en la composición de la captura como en los volúmenes mediante la sanción de leyes modernas equiparables a las aprobadas en otros países pesqueros del mundo.

Entre 1994 y 1999 el sector pesquero argentino llegó a exportar por más de mil millones de dólares. Sin embargo, este aparente éxito fue en detrimento del recurso natural porque la intensidad de la pesca, legal e ilegal, ha llevado a la sobrepesca y ha originado una reducción preocupante de algunos de los recursos pesqueros. Según un informe del Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INEDEP) entre 1986 y 1998, la cantidad de merluzas disminuyó un 43%. Asimismo, es cada vez menor el tamaño de los pescados desembarcados; un pérdida de entre dos y cinco centímetros en su talla es preocupante.

El pescado no es uno de los hábitos alimentarios de la población, ya que consume sólo 5 kg de pescado (por año y por habitante) contra 60 kg de carnes rojas (cantidad que ha descendido en los últimos años). La fauna ictícola argentina es importante.  Entre las marítimas figuran merluzas, corvinas, besugos, lenguados, lisas, anchoas, pescadillas, abadejos, calamares y mejillones, y entre las lacustres y fluviales los pejerreyes, dorados, salmones, bogas, patíes, sábalos, tarariras, truchas y surubíes.  El 95% de lo obtenido proviene del mar, particularmente de las costas de la provincia de Buenos Aires, cuyo principal puerto pesquero es el de Mar del Plata, por su flota pesquera y por la infraestructura terrestre, con plantas que abarcan todas las etapas del procesado: fileteado, conserva, salazón, secado, fabricación de harina, obtención de aceite y los sistemas de enfriado y congelado. Además, es el puerto más cercano al principal centro consumidor que es el Gran Buenos Aires, con el que está comunicado por buenas rutas.

Otros centros importantes son Quequén, Bahía Blanca, Rawson y Puerto Madryn.  El 40% de la pesca se industrializa, proporcionando conservas, sobre todo de caballa, anchoa, corvina y salmón.  El abadejo o bacalao argentino es apto para el secado; del corazón se obtiene aceite.

 

Colaboración: Lic. Julio Ricardo Encina

Declaran al agua potable como derecho humano universal

 Fuente: diario Los Andes
29/07/2010. La resolución contó con 122 votos a favor en la Asamblea General, donde estuvieron presentes 163 representantes de los 192 miembros de Naciones Unidas.

No hubo votos en contra, sólo 41 países se abstuvieron, ante todo países desarrollados como Estados Unidos Canadá, Reino Unido y Australia, mientras que las naciones en vías de desarrollo en general votaron a favor.

"La resolución describe un derecho al agua (…) de una forma que no refleja el derecho internacional. Por esas razones, Estados Unidos se abstendrá en esta votación", dijo John F. Sammis, el representante norteamericano ante la ONU

Por su parte, el embajador de Bolivia ante Naciones Unidas, Pablo Solón, consideró que "los seres humanos somos esencialmente agua" y subrayó los problemas de salud derivados de su falta.

"Cada año más de tres millones y medio de personas mueren por enfermedades transmitidas por agua contaminada. La diarrea es la segunda causa más importante de muertes de niños por debajo de los cinco años", recordó.

Solón también recordó la alta mortalidad infantil con una breve pausa simbólica de algunos segundos. "Cada tres segundos y medio muere un niño porque no tiene agua limpia", señaló, según informó la agencia de noticias DPA.

Un informe de las Naciones Unidas de 2009 estima que para el año 2015 el 47 por ciento de la población mundial vivirá en zonas áridas y para 2030 unos 700 millones de personas podrían dejar sus lugares de origen por la escasez de agua y falta de saneamiento básico, informó la agencia de noticias Prensa Latina.

El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia señala que el problema se agrava cada vez más porque 900 millones de personas no tienen acceso al agua potable, mientras que 125 millones de niños menores de cinco años viven en hogares que carecen del servicio.

El derecho al agua potable no es vinculante en el marco del derecho internacional. Su cumplimiento no es exigible por ley ni siquiera para los signatarios de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, ratificada por los 192 países miembros de manera automática cuando ingresan a Naciones Unidas.

Sin embargo, declarar el derecho al agua potable un derecho humano tiene un alto valor simbólico e influye en la política de la ONU y de varios países.

ONU. Resolución sobre derecho humano al agua y el saneamiento. A/64/L.63/Rev.1
Fuente: Centro de Políticas Públicas
A/64/L.63/Rev.1

Sexagésimo cuarto período de sesiones
Tema 48 del programa
Aplicación y seguimiento integrados y coordinados de los resultados de las grandes conferencias y cumbres de las Naciones Unidas en las esferas económica y social y esferas conexas

El derecho humano al agua y el saneamiento

La Asamblea General,

Recordando sus resoluciones 54/175, de 17 de diciembre de 1999, sobre el derecho al desarrollo, 55/196, de 20 de diciembre de 2000, por la que proclamó 2003 Año Internacional del Agua Dulce, 58/217, de 23 de diciembre de 2003, por la que proclamó el Decenio Internacional para la Acción, "El Agua, Fuente de Vida" (2005-2015), 59/228, de 22 de diciembre de 2004, 61/192, de 20 de diciembre de 2006, por la que proclamó 2008 Año Internacional del Saneamiento, y 64/198, de 21 de diciembre de 2009, sobre el examen amplio de mitad de período de las actividades del Decenio Internacional para la Acción, "El Agua Fuente de Vida", el Programa 21 de junio de 1992 (1), el Programa de Hábitat de 1996 (2), el Plan de Acción de Mar del Plata de 1977 (3), aprobado por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Agua, y la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de junio de 1992 (4),

Recordando también la Declaración Universal de Derechos Humanos (5), el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (6), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (6), la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (7), la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (8), la Convención sobre los Derechos del Niño (9), la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (10) y el Convenio de Ginebra relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra, de 12 de agosto de 1949 (11),

Recordando además todas las resoluciones anteriores del Consejo de Derechos Humanos sobre "los derechos humanos y el acceso al agua potable y el saneamiento", inclusive las resoluciones del Consejo 7/22, de 28 de marzo de 2008, y 12/8, de 1 de octubre de 2009, relativas al derecho humano al agua potable y el saneamiento, el Comentario General núm. 15 (2002) del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales sobre el derecho al agua (artículos 11 y 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales) (12) y el informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre el alcance y el contenido de las obligaciones pertinentes en materia de derechos humanos relacionadas con el acceso equitativo al agua potable y el saneamiento que imponen los instrumentos internacionales de derechos humanos (13), así como el informe de la experta independiente sobre la cuestión de las obligaciones dederechos humanos relacionadas con el acceso al agua potable y el saneamiento (14),

Profundamente preocupada porque aproximadamente 884 millones de personas carecen de acceso al agua potable y más de 2.600 millones de personas no tienen acceso al saneamiento básico, y alarmada porque cada año fallecen aproximadamente 1,5 millones de niños menores de 5 años y se pierden 443 millones de días lectivos a consecuencia de enfermedades relacionadas con el agua y el saneamiento,
Reconociendo la importancia de disponer de agua potable y saneamiento en condiciones equitativas como componente integral de la realización de todos los derechos humanos,

Reafirmando la responsabilidad de los Estados de promover y proteger todos los derechos humanos, que son universales, indivisibles, interdependientes y están relacionados entre sí, y que deben tratarse de forma global y de manera justa y equitativa y en pie de igualdad y recibir la misma atención,

Teniendo presente el compromiso contraído por la comunidad internacional de cumplir plenamente los Objetivos de Desarrollo del Milenio, y destacando a ese respecto la determinación de los Jefes de Estado y de Gobierno, expresada en la Declaración del Milenio15, de reducir a la mitad para 2015 la proporción de la población que carezca de acceso al agua potable o no pueda costearlo y que no tenga acceso a los servicios básicos de saneamiento, según lo convenido en el Plan de Aplicación de las Decisiones de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Social ("Plan de Aplicación de las Decisiones de Johannesburgo") (16),

1. Declara el derecho al agua potable y el saneamiento como un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos;

2. Exhorta a los Estados y las organizaciones internacionales a que proporcionen recursos financieros y propicien el aumento de la capacidad y la transferencia de tecnología por medio de la asistencia y la cooperación internacionales, en particular a los países en desarrollo, a fin de intensificar los esfuerzos por proporcionar a toda la población un acceso económico al agua potable y el saneamiento;

3. Acoge con beneplácito la decisión del Consejo de Derechos Humanos de pedir a la Experta Independiente Sobre la Cuestión de las Obligaciones de Derechos Humanos Relacionadas con el Acceso al Agua Potable y el Saneamiento que presente un informe anual a la Asamblea General (17), y alienta a la experta independiente a que siga trabajando en todos los aspectos de su mandato y, en consulta con todos los organismos, fondos y programas pertinentes de las Naciones Unidas, incluya en el informe que presente a la Asamblea en su sexagésimo sexto período de sesiones las principales dificultades relacionadas con la realización del derecho humano al agua
salubre y potable y el saneamiento, y el efecto de estas en la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio.

NOTAS
(1) Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Río de Janeiro, 3 a 14 de junio de 1992, vol. I, Resoluciones aprobadas por la Conferencia (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.93.I.8 y corrección), resolución 1,
anexo II.
(2) Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Asentamientos Humanos (Hábitat II), Estambul, 3 a 14 de junio de 1996 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.97.IV.6), cap. I, resolución 1, anexo II.
(3) Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Agua, Mar del Plata, 14 a 25 de marzo de 1977 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.77.II.A.12), cap. I.
(4) Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Río de Janeiro, 3 a 14 de junio de 1992, vol. I, Resoluciones aprobadas por la Conferencia (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.93.I.8 y corrección), resolución 1,
anexo I.
(5) Resolución 217 A (III).
(6) Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo.
(7) Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 660, núm. 9464.
(8) Ibíd., vol. 1249, núm. 20378.
(9) Ibíd., vol. 1577, núm. 27531.
(10) Resolución 61/106, anexo I.
(11) Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 75, núm. 973.
(12) Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2003, Suplemento núm. 2 (E/2003/22), anexo IV.
(13) A/HRC/6/3.
(14) A/HRC/12/24 y Corr.1.
(15) Véase la resolución 55/2.
(16) Informe de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, Johannesburgo (Sudáfrica) 26 de agosto a 4 de septiembre de 2002, (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.03.II.A.1 y corrección), cap. 1, resolución 2, anexo.