Convocatoria: Península Mitre ¿Por qué protegerla?

Participá  en la Convocatoria Península Mitre

¿Por qué protegerla?

Ganá un hermoso eco-juego para todo el curso


Destinatarios: Chicos, chicas y sus docentes de nivel primario.


Primer Ciclo (1º – 2º y 3º año)

Deberán enviar un dibujo que muestre algunos de los valores de conservación de Península Mitre.

Premio: Juego de patio gigante “Auilaff sale a jugar”. Este juego se compone de un tablero de vinilo de 3 m x 4 m que se coloca en el suelo de un patio o un aula. Se trata de un juego de recorrido por un sendero con pistas. No se trata de una competencia, sino de un juego colaborativo. Ganan si ganan todos. Las fichas son de 30 cm de altura y dados gigantes.  Hay dos juegos para sortear entre todos los cursos que envíen sus propuestas.

Envía los trabajos en: https://forms.gle/nQfSwSFkkF4meUJp8


Segundo ciclo ( 4º – 5º y 6º año)

Deberán escribir una carta a un legislador explicando sobre la importancia de que Península Mitre sea un área protegida. 

(Podes elegir a uno de los legisladores o legisladoras que encontrarás en esta página web http://www.legistdf.gob.ar/

Premio: Una maleta pedagógica de Educación Ambiental para todo el curso.  La maleta se compone de un bolso de tela dentro del cual hay una biblioteca de Educación Ambiental y fichas con actividades educativas para realizar en el aula, patio o en el exterior.  Hay cinco maletas para sortear entre todos los cursos que envíen sus propuestas.

Envía los trabajos en: https://forms.gle/nQfSwSFkkF4meUJp8


El sorteo se realizará por IG live @manekenk el viernes 15  de octubre de 2021 

 

Presentación de trabajos: hasta el 10 de octubre de 2021 a las 23:59 hs

 

 


Podes encontrar información sobre Península Mitre AQUI


Te esperamos!!!!

 

 

DIA DEL ABORIGEN FUEGUINO

La Ley Provincial Nº 29, promulgada en 1992 declara "Día del Indígena Fueguino" al 25 de noviembre de cada año en la Provincia de Tierra del Fuego, en recordatorio y conmemoración a los Selk´nam – Onas, asesinados en las costas fueguinas, por la expedición de Ramón Lista en el año 1886. onas Allí se produjo un enfrentamiento entre unas pocas decenas de indígenas, que naturalmente se resistían a la inesperada visita, y hombres de Lista y del capitán Marzano.

A pesar de los esfuerzos, tanto de Monseñor José Fagnano, capellán de la expedición, como del flamenco Polidoro Segers, Lista abrió fuego y como consecuencia 28 indios quedaron muertos sobre la virgen tierra del fuego, y muchos fueron los heridos, entre ellos algunas mujeres y niños. La política de colonización ganadera emprendida por Argentina, fue un hecho determinante de la alteración de toda la organización espacial mantenida por los Selk´nam – Onas por centurias.

El surgimiento de las grandes estancias, con sus campos alambrados, la introducción del ganado ovino y la disminución drástica de guanacos (considerados por los ganaderos como competidores de las ovejas), afectaron irreversiblemente el sistema de vida de los aborígenes. La distribución de tierras para los colonos era entonces de una "urgencia" tal que impidió comprender y resolver adecuadamente la cuestión del indio. Fue así como ante la indiferencia de un Estado ajeno a las circunstancias mencionadas, las protestas airadas de los ganaderos en defensa de sus intereses sopesaron definitivamente en contra de la ya debilitada sociedad Selk´nam. popper Esto tiene gran relevancia, si tenemos en cuenta que a partir de determinados sucesos en los que comenzó a intervenir el hombre blanco con su llegada a la Isla Grande de Tierra del Fuego, la economía de este pueblo aborigen sufrió un punto de inflexión insalvable.

Desde 1875 con la "fiebre del oro", Argentina se vió seriamente amenazada por las políticas regionales del país vecino Chile, y a partir de 1879 con los asentamientos ganaderos, se intentaba actuar con celeridad en la inclusión de la Patagonia, para enfrentar dicha amenaza. Así se comenzó a adoptar estrategias que aseguraran una rápida ocupación de los territorios australes y a la vez atrajeran inversiones capaces de iniciar su explotación a corto plazo. Sin embargo en este proyecto la presencia del indio, dándosele a las tierras tratamiento de "desocupadas", no se consideraba en lo absoluto. Un claro ejemplo es el censo de 1895, el que representaba un antecedente fundamental para el remate de Tierras Fiscales, se estimaba un total de 73 habitantes en el departamento de San Sebastián, hoy conocido como la Ciudad de Río Grande, en el cual evidentemente no estaban incluidos los aborígenes.

En la actualidad un grupo de descendientes de Selk´nam – Onas reconocidos como "Comunidad Indígena Rafaela Ishton", realizan actividades tendientes al fortalecimiento y preservación cultural de la comunidad indígena y la protección de los derechos constitucionales de la misma, pero debemos reflexionar no solo aquellos que nacimos en la tierra de los Onas, sino aquellos que decidieron adoptarla como suya cual es la real importancia que le otorgamos a nuestra propia historia, nos interesa saber quienes vivían en estas tierras antes que nosotros?, qué nos quedó como legajo de su cultura y que hayamos asumido como propia?, vemos reflejado en nuestro habitad el legado indígena?

17 de Noviembre. Día del Aire Puro

El tercer jueves de noviembre se conmemora el Día Internacional del Aire Puro. Desde que las ciudades comenzaron a crecer, el hombre avanza sobre la naturaleza y el medio ambiente se deteriora

Respetar los recursos naturales es fundamental y uno de los más importantes es el aire que respiramos día a día y que cada vez es menos puro. Ya que la actividad humana introduce en el aire sustancias extrañas o aumenta a niveles peligrosos otras preexistentes, lo que provoca alteraciones en la atmósfera, causando grandes alteraciones que afectan seriamente la salud humana, la estabilidad del clima y el desarrollo de los ecosistemas. La polución del aire se compone de muchos tipos de gases, gotitas y partículas que reducen la calidad del aire.

La contaminación es un desequilibrio, como resultado de la adición de cualquier sustancia al medio ambiente, en una cantidad tal, que cause efectos adversos en el hombre, animales, vegetales o materiales expuestos a dosis que sobrepasen los niveles aceptables en la naturaleza.

En las ciudades la contaminación es causada por los automóviles, colectivos y todo tipo de vehículos que utilizan la combustión para funcionar, así como también por las industrias. En el campo es provocada el polvo, el fuego, etc. La mayoría de los contaminantes son producidos por el comportamiento del hombre, ya sea por su conducta individual o grupal, como parte de la sociedad.

Este fenómeno afecta la salud de las personas a veces de manera muy seria. Quienes más perjudicados resultan son aquellos que tienen asma y otros tipos de enfermedades pulmonares y cardíacas.

El ejemplo paradigmático, a nivel individual, que contamina el ambiente y además afecta la salud de las personas es el tabaquismo. Cada vez que una persona fuma un cigarrillo no sólo está arruinando su salud, sino que también la del prójimo porque contamina el aire que respiramos todos. El aire es un bien común que compartimos todos, precisamente por este motivo tenemos que aprender a valorarlo.

 Tenemos que tomar conciencia y hacer que nuestros gobernantes también se concienticen de la importancia de realizar acciones tendientes a preservar el aire que respiramos. Porque el hombre modifica el medio ambiente de acuerdo a sus necesidades sin tener en cuenta el daño que causa al buscar su "bienestar".

 Mientras tanto nosotros podemos hacer nuestro aporte. Algunas conductas concretas son: no fumar o trasladarnos en bicicleta o transporte público y reducir el uso del automóvil al mínimo necesario.

 Solemos decir que los países industrializados tienen la culpa. Es fácil decirlo pero lo cierto es que cada uno de nosotros contribuye a la contaminación ambiental, si cada uno hace algo vamos a vivir mejor.

 Es necesario encontrar un equilibrio entre el avance de la civilización y el respeto hacia la naturaleza.

 

Nota producida por la Lic. Patricia A Maulen para la Dirección de Salud y Asistencia Social.

http://www.uba.ar/extension/salud/difusion/nota33.php

 

Todos los peligros de la agricultura industrial

Por Damián Verzeñassi*

Dieciocho millones de hectáreas que se anuncian como un logro y muestra del posicionamiento de privilegio de Argentina en el mundo por haber alcanzado las 100 millones de toneladas de granos. También dice en otras letras que, nada más en el último año, se han envenenado esos territorios con casi de 300 millones de litros de químicos tóxicos, para producir forrajes y combustibles principalmente para la exportación. En estos territorios habitamos aproximadamente 12 millones de seres humanos.

Conforman esas exportaciones la estructura vertebral de los planes agroalimentarios de algunos países europeos, como España. Nosotros no.

La presentación celebrada y aplaudida de 160 millones de toneladas para el 2020 anuncia la continuidad de la agricultura, dependiente de química tóxica, de commodities y transgénicos. No es alimentos para argentinos. La comida sana y de permanencia está en las chacras y granjas de cinturones verdes urbanos y en espacios rurales con ecosistemas vivos, cuidados, respetados. La continuidad de los ecosistemas asegura biohabitabilidad a los territorios. Los ecosistemas dañados terminan en desiertos. Desde allí comenzarán las marchas sin destino de los futuros refugiados ambientales.

La agricultura industrial es un arma de destrucción masiva. Es una anunciada arma de control demográfico. Es una manera de producir combustibles, no alimentos, ante el fin del petróleo.

Los hambrientos del mundo no dependen de la capacidad comercial de 400.000 agronegociadores del planeta, sino de la revitalización y devolución a la ruralidad de 1500 millones de agricultores locales, con semillas propias y mercados de intercambios y comercios en escalas de cercanías. Sin distancias de recorridos solo alcanzadas con combustibles fósiles o agrocombustibles. Ese no es un plan agroalimentario de soberanías. Eso no es alimentación segura para todos. Ese es el plan de la OMC.

La producción agroindustrial es uno de los sistemas productivos responsables de las enfermedades actuales y futuras de nuestros territorios. Lo sabe el Banco Mundial, que en 1991 planteó la necesidad de traslado de las industrias sucias a nuestros países "porque son los de menores salarios, movilizan menos el sistema económico y enferman antes de otras cosas". Otro anuncio cumplido.

*Doctor. Sub Secretario Académico Facultad de Ciencias Médicas UNR.

 http://www.pagina12.com.ar/diario/suplementos/rosario/subnotas/30379-3293-2011-09-11.html  
 

Regulan minería en Tierra de Fuego

La Legislatura fueguina sancionó el proyecto que versa sobre la aplicación a la actividad minera de los principios ambientales preventivos, precautorios y de equidad intergeneracional establecidos en la Ley nacional 25.675 (Ley General del Ambiente), así como el principio de desarrollo sostenible establecido en la Ley provincial 55, Medio Ambiente.

Entre el articulado, aprobado por unanimidad esta tarde, la norma propone "garantizar el uso racional y sustentable de los recursos naturales; protege los recursos hídricos provinciales y compartidos; mantener el equilibrio y dinámica de los sistemas ecológicos; asegurar la conservación de la diversidad biológica; prevenir los efectos nocivos o peligrosos que las actividades mineras puedan generar sobre el ambiente" entre otras disposiciones.

Asimismo, prohíbe "los procesos de cateo, prospección, exploración, explotación, beneficio e industrialización in situ, cualquiera sea el método extractivo utilizado" y la "la explotación de minerales metalíferos con la modalidad a cielo abierto de gran escala."

La Ley sancionada establece que será la Secretaría de Desarrollo Sustentable y Ambiente, quien se ocupe de regular el cumplimiento de la misma.

Se reguló que quienes exploten concesiones mineras deben "contar, antes del inicio de la actividad, con un seguro o garantía de cobertura con entidad suficiente para garantizar el financiamiento de la recomposición del daño que en su tipo pueda producir. Este seguro o garantía deberá guardar proporcionalidad con el costo de mitigación y recupero del ambiente y los ecosistemas que puedan resultar degradados durante la actividad".

 

Fondo de restauración ambiental

 

La Ley aprobada, crea también el Fondo de Restauración Ambiental, que busca "la instrumentación de acciones de reparación del ambiente afectado por las actividades mineras de primera categoría al momento del cierre de la mina" y "se constituirá con aportes de los concesionarios equivalentes al cinco por ciento (5%) del monto total de la inversión propuesta. En el caso de los productores artesanales y pequeños, podrán optar por un seguro de caución".

Declaran al agua potable como derecho humano universal

 Fuente: diario Los Andes
29/07/2010. La resolución contó con 122 votos a favor en la Asamblea General, donde estuvieron presentes 163 representantes de los 192 miembros de Naciones Unidas.

No hubo votos en contra, sólo 41 países se abstuvieron, ante todo países desarrollados como Estados Unidos Canadá, Reino Unido y Australia, mientras que las naciones en vías de desarrollo en general votaron a favor.

"La resolución describe un derecho al agua (…) de una forma que no refleja el derecho internacional. Por esas razones, Estados Unidos se abstendrá en esta votación", dijo John F. Sammis, el representante norteamericano ante la ONU

Por su parte, el embajador de Bolivia ante Naciones Unidas, Pablo Solón, consideró que "los seres humanos somos esencialmente agua" y subrayó los problemas de salud derivados de su falta.

"Cada año más de tres millones y medio de personas mueren por enfermedades transmitidas por agua contaminada. La diarrea es la segunda causa más importante de muertes de niños por debajo de los cinco años", recordó.

Solón también recordó la alta mortalidad infantil con una breve pausa simbólica de algunos segundos. "Cada tres segundos y medio muere un niño porque no tiene agua limpia", señaló, según informó la agencia de noticias DPA.

Un informe de las Naciones Unidas de 2009 estima que para el año 2015 el 47 por ciento de la población mundial vivirá en zonas áridas y para 2030 unos 700 millones de personas podrían dejar sus lugares de origen por la escasez de agua y falta de saneamiento básico, informó la agencia de noticias Prensa Latina.

El Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia señala que el problema se agrava cada vez más porque 900 millones de personas no tienen acceso al agua potable, mientras que 125 millones de niños menores de cinco años viven en hogares que carecen del servicio.

El derecho al agua potable no es vinculante en el marco del derecho internacional. Su cumplimiento no es exigible por ley ni siquiera para los signatarios de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, ratificada por los 192 países miembros de manera automática cuando ingresan a Naciones Unidas.

Sin embargo, declarar el derecho al agua potable un derecho humano tiene un alto valor simbólico e influye en la política de la ONU y de varios países.

ONU. Resolución sobre derecho humano al agua y el saneamiento. A/64/L.63/Rev.1
Fuente: Centro de Políticas Públicas
A/64/L.63/Rev.1

Sexagésimo cuarto período de sesiones
Tema 48 del programa
Aplicación y seguimiento integrados y coordinados de los resultados de las grandes conferencias y cumbres de las Naciones Unidas en las esferas económica y social y esferas conexas

El derecho humano al agua y el saneamiento

La Asamblea General,

Recordando sus resoluciones 54/175, de 17 de diciembre de 1999, sobre el derecho al desarrollo, 55/196, de 20 de diciembre de 2000, por la que proclamó 2003 Año Internacional del Agua Dulce, 58/217, de 23 de diciembre de 2003, por la que proclamó el Decenio Internacional para la Acción, "El Agua, Fuente de Vida" (2005-2015), 59/228, de 22 de diciembre de 2004, 61/192, de 20 de diciembre de 2006, por la que proclamó 2008 Año Internacional del Saneamiento, y 64/198, de 21 de diciembre de 2009, sobre el examen amplio de mitad de período de las actividades del Decenio Internacional para la Acción, "El Agua Fuente de Vida", el Programa 21 de junio de 1992 (1), el Programa de Hábitat de 1996 (2), el Plan de Acción de Mar del Plata de 1977 (3), aprobado por la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Agua, y la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo de junio de 1992 (4),

Recordando también la Declaración Universal de Derechos Humanos (5), el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (6), el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (6), la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (7), la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (8), la Convención sobre los Derechos del Niño (9), la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (10) y el Convenio de Ginebra relativo a la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra, de 12 de agosto de 1949 (11),

Recordando además todas las resoluciones anteriores del Consejo de Derechos Humanos sobre "los derechos humanos y el acceso al agua potable y el saneamiento", inclusive las resoluciones del Consejo 7/22, de 28 de marzo de 2008, y 12/8, de 1 de octubre de 2009, relativas al derecho humano al agua potable y el saneamiento, el Comentario General núm. 15 (2002) del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales sobre el derecho al agua (artículos 11 y 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales) (12) y el informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre el alcance y el contenido de las obligaciones pertinentes en materia de derechos humanos relacionadas con el acceso equitativo al agua potable y el saneamiento que imponen los instrumentos internacionales de derechos humanos (13), así como el informe de la experta independiente sobre la cuestión de las obligaciones dederechos humanos relacionadas con el acceso al agua potable y el saneamiento (14),

Profundamente preocupada porque aproximadamente 884 millones de personas carecen de acceso al agua potable y más de 2.600 millones de personas no tienen acceso al saneamiento básico, y alarmada porque cada año fallecen aproximadamente 1,5 millones de niños menores de 5 años y se pierden 443 millones de días lectivos a consecuencia de enfermedades relacionadas con el agua y el saneamiento,
Reconociendo la importancia de disponer de agua potable y saneamiento en condiciones equitativas como componente integral de la realización de todos los derechos humanos,

Reafirmando la responsabilidad de los Estados de promover y proteger todos los derechos humanos, que son universales, indivisibles, interdependientes y están relacionados entre sí, y que deben tratarse de forma global y de manera justa y equitativa y en pie de igualdad y recibir la misma atención,

Teniendo presente el compromiso contraído por la comunidad internacional de cumplir plenamente los Objetivos de Desarrollo del Milenio, y destacando a ese respecto la determinación de los Jefes de Estado y de Gobierno, expresada en la Declaración del Milenio15, de reducir a la mitad para 2015 la proporción de la población que carezca de acceso al agua potable o no pueda costearlo y que no tenga acceso a los servicios básicos de saneamiento, según lo convenido en el Plan de Aplicación de las Decisiones de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Social ("Plan de Aplicación de las Decisiones de Johannesburgo") (16),

1. Declara el derecho al agua potable y el saneamiento como un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos;

2. Exhorta a los Estados y las organizaciones internacionales a que proporcionen recursos financieros y propicien el aumento de la capacidad y la transferencia de tecnología por medio de la asistencia y la cooperación internacionales, en particular a los países en desarrollo, a fin de intensificar los esfuerzos por proporcionar a toda la población un acceso económico al agua potable y el saneamiento;

3. Acoge con beneplácito la decisión del Consejo de Derechos Humanos de pedir a la Experta Independiente Sobre la Cuestión de las Obligaciones de Derechos Humanos Relacionadas con el Acceso al Agua Potable y el Saneamiento que presente un informe anual a la Asamblea General (17), y alienta a la experta independiente a que siga trabajando en todos los aspectos de su mandato y, en consulta con todos los organismos, fondos y programas pertinentes de las Naciones Unidas, incluya en el informe que presente a la Asamblea en su sexagésimo sexto período de sesiones las principales dificultades relacionadas con la realización del derecho humano al agua
salubre y potable y el saneamiento, y el efecto de estas en la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio.

NOTAS
(1) Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Río de Janeiro, 3 a 14 de junio de 1992, vol. I, Resoluciones aprobadas por la Conferencia (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.93.I.8 y corrección), resolución 1,
anexo II.
(2) Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Asentamientos Humanos (Hábitat II), Estambul, 3 a 14 de junio de 1996 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.97.IV.6), cap. I, resolución 1, anexo II.
(3) Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Agua, Mar del Plata, 14 a 25 de marzo de 1977 (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.77.II.A.12), cap. I.
(4) Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Río de Janeiro, 3 a 14 de junio de 1992, vol. I, Resoluciones aprobadas por la Conferencia (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.93.I.8 y corrección), resolución 1,
anexo I.
(5) Resolución 217 A (III).
(6) Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo.
(7) Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 660, núm. 9464.
(8) Ibíd., vol. 1249, núm. 20378.
(9) Ibíd., vol. 1577, núm. 27531.
(10) Resolución 61/106, anexo I.
(11) Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 75, núm. 973.
(12) Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2003, Suplemento núm. 2 (E/2003/22), anexo IV.
(13) A/HRC/6/3.
(14) A/HRC/12/24 y Corr.1.
(15) Véase la resolución 55/2.
(16) Informe de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, Johannesburgo (Sudáfrica) 26 de agosto a 4 de septiembre de 2002, (publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.03.II.A.1 y corrección), cap. 1, resolución 2, anexo.